viernes, 25 de abril de 2014

Con Ley Televisa de @EPN y @JLozanoA Peña Nieto podría violar directamente privacidad de internet

A pesar de que el PRI lo niega, la ley secundaria de telecomunicaciones de Enrique Peña Nieto y el panista Javier Lozano sí contiene artículos que no sólo censuran internet, sino que además afectan la protección y respeto a los derechos humanos, denunció la Asociación Mexicana de Internet (AMIPCI).

De acuerdo con Reforma, la AMIPCI envió una carta al Senado denunciando que los artículo 189 y 145 de la ley de telecomunicaciones violan los derechos en internet y le da el poder directo a Enrique Peña Nieto para violar la privacidad de los usuarios de internet.

Dice la carta:

Una parte el artículo 189 amplía las autoridades del orden administrativo a las cuales se deberá proporcionar información sobre las comunicaciones y datos de los usuarios por parte de los concesionarios de telecomunicaciones.

Por otra parte, amplía a los sujetos obligados que deberán proporcionar dicha información, como son los proveedores de servicios de aplicaciones y contenidos, excediendo con ello el mandato constitucional de sólo regular a los concesionarios de servicios de telecomunicaciones"

La AMIPCI indica que la ley amplía a quienes pueden violar la privacidad de los usiarios de internet, ya que le da la facultad directa para hacerlo al presidente de la República, al secretario de gobernació, al secretario de la defensa nacional, al secretario de marina, al secretario de seguridad pública, al secretario de hacienda, al secretario de comunicaciones y transportes, al procurador de la República, a los gobernadores y al Jefe de Gobierno del DF.

Todo eso se permite en el artículo 189, el cual establece que todas las instancias antes mencionadas no necesitarán justificar las causas legales o acreditar que se cometió un delito para poder violar la privacidad de los usuarios.

Pero además de permitirle al gobierno espiar a los ciudadanos sin orden ni justificación judicial, el artículo 145 permite la censura a internet mediante el bloqueo de contenidos, aplicaciones o servicios a petición del usuario cuando lo ordene la autoridad.

"Esa actividad de los concesionarios sólo puede ser realizada para servicios proporcionados por ellos mismos, ya que bloquear contenidos, aplicaciones o servicios de los demás se trataría de filtración de las comunicaciones prohibida en la segunda fracción del artículo 145 (tal y como lo prohibió antes el Tribunal de Justicia Europea), así como vulnerar la neutralidad de la red", dice la AMIPCI.

Tanto el PRI como el PAN alegaron que se habían quitado los aspectos de la Ley Televisa que censuran internet, pero los artículos 189 y 145 muestran que no es el caso, y que no sólo la censura, sino también el espionaje a internet serían ley.

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