miércoles, 24 de diciembre de 2014

LOS MEXICANOS EN EL EXTRANJERO DEBEN DE LLEVAR A LA PROTESTA A LOS CONSULADOS DE MEXICO @cjimenezmacias @joseameadek

El 19 de diciembre un grupo de activistas mexicanos fueron a organizar lo que ellos llamaban “una asamblea popular” dentro del consulado mexicano en Chicago.  Es decir, fueron a hacer una protesta contra el régimen en territorio, técnicamente, mexicano, cuál era su derecho.  Ver http://youtu.be/DufDL51tQQc

El cónsul de México en Chicago, Carlos Martín Jiménez Macías, ordeno llamar a la chota de Chicago para desalojarlos.  Este chango es potosino y, para vergüenza de SLP y de todo México, ha sido dos veces senador (por el PRI, por supuesto)  y dos veces diputado. 

Los datos de contacto de Carlos Martínez Macías son:

Twitter: @cjimenezmacias

Tanto el gobierno de México como el de EEUU firmaron la Convención de Viena sobre relaciones consulares.  Esta data de 1963. 

Ver http://legal.un.org/ilc/texts/instruments/english/conventions/9_2_1963.pdf

De acuerdo a esta convención:

1.         El artículo 5 indica que el consulado en cuestión se establece para proteger los intereses de los mexicanos en Chicago.  El consulado debe asegurarse, indica el artículo 5, de que los derechos de los mexicanos en Chicago (esto incluye el de “free speech” o libertad de expresión) no sean violados. 

2.         El articulo 31 indica que el cónsul si podía llamar a la chota para evitar lo que el juzgue “disturbios” dentro del consulado.

3.         Por otra parte la chota de Chicago violo el artículo 36 de la convención al no permitir el acceso a los activistas al con (ver minuto 1:51 del video). El cónsul no estaba en su derecho de evitar que entraran o de solicitarle a la chota que tal hicieran.

4.         O sea, los activistas pueden y deben seguir entrando a protestar.  La chota de Chicago no les puede limitar el acceso a su consulado.  Una vez dentro el cónsul probablemente los mandara desalojar pero nunca les puede el cónsul evitar que entren y tengan acceso a la “protección” de ese consulado, de acuerdo al artículo 5 de la convención.

Es evidente que hubo una violación del artículo 36 por parte de la chota de Chicago.  Lo correcto, en EEUU, es ponerle una demanda a la chota de Chicago por violación a esta convención y a sus derechos humanos. 

¡La situación es ridícula, digna de una película de los hermanos Marx!  Al violar la chota de Chicago los derechos de los mexicanos (por orden del consulado) es el consulado el que debe de actuar para proteger a los manifestantes.  De ahí que este consulado y el gobierno al que representa violan el artículo 5 de la convención citada.  Lo correcto sería presentar demanda civil en contra del consulado o solicitar que el departamento de estado les retire sus privilegios consulares a Jiménez Macías y sus sicarios por violaciones al artículo 5 de la convención.  Claro, eso los gringos no harán pues protegen al régimen que impusieron pero lo que importa es exponer y avergonzar a ambos regímenes.

Estas acciones deben extenderse a todo el planeta en todos los consulados de México. 

Cada vez que la chota local evite el acceso al consulado se debe documentar y los participantes deben demandarlos por violación a la convención de Viena y a sus derechos.  Por lo menos en EEUU les pueden bajar una feriesota a estos cabrones y solo jodiendoles el bolsillo entienden.

Mario Quijano Pavon
INGAPE





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