La selección de un presidente interino durante los primeros dos años del sexenio se detalla en el Artículo 84 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
El procedimiento es el siguiente:
1. Las dos cámaras del Congreso de la Unión se constituyen en colegio electoral, el cual debe contar por lo menos con dos tercios de los legisladores de ambas cámaras.
2. El colegio electoral elige por mayoría absoluta de votos al presidente interino.
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jueves, 26 de julio de 2012
viernes, 29 de junio de 2012
Lo que los mexicanos deben conocer sobre su constitución (pero que el PRIAN no quiere se sepa)
Que quede claro...esta es LA LEY en México:
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