miércoles, 12 de diciembre de 2018

Por esto la derecha pudo echar abajo los topes a los salarios del poder judicial y así se puede solucionar

Por Victor Hernández

(NOTA: Si se quieren brincar los detalles de esta columna y leer la versión rápida, sáltense hasta la postdata.)

La derecha pudo echar abajo por, medio de una controversia constitucional, la ley que reducía los altísimos salarios de los jueces, magistrados y ministros del poder judicial gracias a que Morena ignoró una trampa que le agregaron los senadores a la última reforma que se le hizo al artículo 127 constitucional en 2009. El 127 es el que determina los sueldos de los funcionarios.

Sí; El tope a los sueldos de los funcionarios se estableció en una reforma a varios artículos de la Constitución, incluido el 127, que aprobó el Senado en 2009 y que se promulgó ese mismo año. Esa reforma, cabe mencionar, se aprobó por unanimidad. Es decir, por todos los partidos políticos que hoy pretenden frenar el tope a los sueldos del poder judicial.

Pero, mañosamente, los senadores el pusieron una trampa a la reforma constitucional en los artículos transitorios para que los topes de sueldos no le aplicaran a los ministros de la Suprema Corte de Justicia. Mire usted:

La reforma cambió el artículo 127 para que quedara el siguiente texto entre las bases para determinar los salarios de los funcionarios públicos:

Ningún servidor público podrá recibir remuneración, en términos de la fracción anterior, por el desempeño de su función, empleo, cargo o comisión, mayor a la establecida para el Presidente de la República en el presupuesto correspondiente

(Paréntesis: ese texto se propuso por primera vez y se aceptó por unanimidad en el Senado en 2007. Pero los senadores se hicieron güeyes y volvieron a votar la iniciativa hasta 2009 con cambios.)

Pero la reforma de 2009 también incluyó cinco artículos transitorios. El tercer dice textual:

Tercero. Apartir del ejercicio fiscal del año siguiente a aquél en que haya entrado en vigor el presente Decreto las percepciones de los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, los magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, los magistrados de Circuito, los jueces de Distrito, los consejeros de la Judicatura Federal, los integrantes del Consejo General del Instituto Federal Electoral y los magistrados y jueces de los Poderes Judiciales Estatales, que actualmente estén en funciones, se sujetarán a lo siguiente:

a) Las retribuciones nominales señaladas en los presupuestos vigentes superiores al monto máximo previsto en la base II del artículo 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se mantendrán durante el tiempo que dure su encargo.

TADUCCIÓN: A los jueces, ministros y magistrados del poder judicial no se les puede bajar el sueldo mientras estén en el cargo.

Es decir, los jueces y ministros actuales seguirán ganando mucho, pero a los que siguen sí se les podrá bajar el sueldo.

Ese artículo transitorio parece haberse puesto ahí para que no contradijera al artículo 94 constitucional. El cual se reformó en 1996, con Ernesto Zedillo, para que dijera lo mismo: que no se le puede bajar el sueldo a los jueces, magistrados, ministros, etc, mientras estén en el cargo.

El párrafo 11 del artículo 94 quedó así luego de que Zedillo lo reformara:

La remuneración que perciban por sus servicios los Ministros de la Suprema Corte, los Magistrados de Circuito, los Jueces de Distrito y los Consejeros de la Judicatura Federal, así como los Magistrados Electorales, no podrá ser disminuida durante su encargo.

TADUCCIÓN: A los jueces actuales no les aplicará ninguna reducción de sueldo. A los que siguen sí.

Ese texto es una aberración. No es posible impedir que se le baje el sueldo a ningún funcionario. No hay ninguna razón para hacerlo. La única posible razón es política: para tener maiceados a los ministros.

Pero en fin. Al reformarse el artículo 127 lo que ahora establece la constitución es que:

1. Ningún funcionario podrá ganar más que el Presidente.

2. No le aplican las reducciones de sueldo a los jueces, magistrados y ministros del poder juducial que estén en el cargo, pero sí a los que siguen.

Hubo un segundo problema con la reforma al artículo 127. El artículo transitorio 4 dio un plazo de 180 días luego de la entrada en vigor de la reforma para que se aprobaran leyes :

Cuarto. El Congreso de la Unión, las Legislaturas de los Estados y la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, en el ámbito de su competencia, deberán expedir o adecuar la legislación, de conformidad con los términos del presente Decreto, dentro de un plazo de 180 días naturales siguientes a su entrada en vigor.

El problema fue que el Congreso se hizo pendejo por AÑOS y nunca expidieron ni adecuaron la reforma. Es decir, nunca aprobaron una ley reglamentaria para el artículo 127 constitucional. Al no existir una ley reglamentaria, el 127 era letra muerta. O bien, sí tenían un proyecto de ley pero lo mandaron a la congeladora.

Fue hasta 2018 que finalmente la mayoría de Morena aprobó la ley reglamentaria del artículo 127. Pero lo hizo sacando de la congeladora la ley que se había aprobado antes de que el DF se convirtiera en Ciudad de México, por lo cual la ley reglamentaria tenía varios problemas que se tenían que haber resuelto, pero que los legisladores de Morena ignoraron con tal de anotarse un triunfo político.

Lo razonable hubiera sido tener una ley reglamentaria que empezara de cero, pero en Morena le dieron más importancia a la prisa que a hacer las cosas bien.

Peña Nieto nisiquiera quiso promulgar la ley, por lo cual se promulgó en automático el 5 de noviembre pasado.

PERO los problemas en la ley no fue lo que usó el PRIAN de pretexto para su controversia constitucional, sino el hecho de que la ley establece que el que el artículo 127 también le aplica al poder judicial.

El problema es que la reforma al 127 dice en el transitorio tercero que no le puede aplicar a jueces, ministros, y magistrados en funciones. Pero la ley reglamentaria dice que sí.

Por consiguiente, la ley reglamentaria contraviene a la reforma al artículo 127 constitucional.

La solución para evitar esa controversia era sencilla: hacer una nueva ley reglamentaria que no incluyera a los jueces, magistrados, etc en funciones, pero que sí aplicara a los que vengan a futuro.

Y una vez aprobada la ley reglamentaria se buscaba la manera de enjuiciar a los magistrados que hayan cometido corruptelas para que dejen el cargo lo más pronto posible y así los siguientes magistrados ya no ganen sueldos altos.

Lamentablemente, los legisladores de Morena no se tomaron la molestia de hacer la misma investigación que estoy haciendo para esta columna, y para lo cual lo único que tuve que hacer fue algunas consultas en Google. El resultado es que ahora tienen una controversia constitucional que va a tardar hasta dos años en resolverse, mismos en los cuales no sólo no se le podrá aplicar legalmente el artículo 127 a los jueces, magistrados, etc del poder judicial, sino tampoco al resto de los funcionarios.

Y como AMLO no dio un manotazo contra la corrupción para que los ministros no siguieran con sus corruptelas de siempre, pues ahora menos se puede resolver el asunto por las buenas.

Peor: varios de los ministros de la Suprema Corte dejan el cargo hasta 2030. Esta es la lista de los 11 ministros y cuándo dejan su cargo:

Luis María Aguilar Morales 2018
Juan Ramón Cossío Díaz 2018
Margarita Luna Ramos 2019
José Fernando Franco González Salas 2021
Arturo Zaldívar Lelo de Larrea 2024
Jorge Pardo Rebolledo 2026
Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena 2027
Alberto Pérez Dayan 2027
Norma Piña Hernandez 2030
Eduardo Medina Mora 2030
Javier Laynez Potisek 2030

Esto quiere decir que AMLO sólo podrá nominar a 5 magistrados en todo su sexenio. Lo cual quiere decir, a su vez, que AMLO tendrá a la mayoría de los ministros de la SCJN en su contra todo el sexenio. Será hasta 2026 cuando el siguiente Presidente, asumiendo que sea de Morena, tendrá mayoría a su favor.

(Esto, por cierto, echa abajo la mentira que dicen en la derecha de que AMLO quiere que la Suprema Corte esté a su favor. Matemáticamente es imposible a menos de que los ministros sean retirados del cargo por corrupción.)

¿Cuál es la solución entonces a este problema? Pues la siguiente:

1. Hacer otra reforma constitucional que deroge los candados del artículo 94 y el transitorio del artículo 127.

2. Dar un buen manotazo para que el PRIAN deje de estar obstruyendo.

3. Hacer la ley reglamentaria y tenerla lista para aprobarse luego de promulgar la reforma constitucional.

4. Reducir los sueldos de los ministros en 2020.

No hay de otra. Es lo más rápido que se puede hacer. Porque si AMLO cree que invocando a Benito Juárez va a convencer a los ministros de que se bajen sus sueldos de medio millón de pesos al mes, está muy equivocado. Lo van a seguir mandando al diablo con ayuda de la derecha. Claro, siempre y cuando AMLO se siga viendo blandengue con la derecha.

Tampoco van a cambiar los ministros si los fans de AMLO amenazan con ir a protestar a la Suprema Corte. No le hicieron caso a las protestas antes, menos ahora.

Y claro: AMLO tiene que asegurarse de que los legisladores y coordinadores de bancada de Morena en el congreso sean menos PENDEJOS. Por haber hecho las cosas con las patas le dieron a la derecha las armas para poner en jaque a AMLO a menos de una semana de que llegó al poder.

PD: La versión rápida de esta columna va así:

1. En 1996 se reforma el artículo 94 constitucional para que no se le pueda bajar el sueldo a los ministros en funciones, pero sí a los que sigan.

2. En 2009 se reforma el artículo 127 para que ningún funcionario gane más que el presidente, pero sin que la reforma le aplique a los ministros de la suprema corte en funciones, pero sí a los que sigan.

3. Durante 9 años no se pudo aplicar el artículo 127 porque no había una ley reglamentaria para ese artículo.

4. En 2018 Morena aprueba a las carreras una ley reglamentaria que había estado congelada, pero que aplicaba también a la Suprema Corte, contraviniendo al artículo transitorio de la reforma al 127 que prohibe bajarle el sueldo a los ministros en funciones.

5. Gracias a esta pifia de Morena, el PRIAN se colude con los ministros de la Suprema Corte para meter una controversia constitucional para frenar la ley reglamentaria para el 127, con lo cual se frena la reducción de salarios para altos funcionarios.

6. Los argumentos del PRI y del PAN de que dizque buscan proteger la separación de poderes es una mentira. Lo que buscan es coludirse con el poder judicial para hacer golpeteo contra AMLO y obligarlo a hacer lo que ellos quieran.

7. La controversia se podría solucionar rápido si AMLO da un buen manotazo contra los corruptos del PRIAN y del poder judicial. Pero no quiere.

8. Una vez dado el manotazo, Morena hace una nueva reforma constitucional al artículo 94 y al 127 para derogar la prohibición a bajarle el sueldo a los ministros.

9. Una vez aprobada y promulgada la reforma, se hace una nueva ley reglamentaria para el 127.

10. Si todo este proceso se hace en menos de un año, para 2020 se le pueden bajar los sueldos a los ministros ahora sí.

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