viernes, 18 de marzo de 2016

@arnemx fue el que violó ley al grabar a supuestas sexoservidoras ya que no había queja vecinal (cc @cdhdf)

Por Victor Hernández

El City Manager de Miguel Hidalgo, el ex panista Arne Aus Den Ruthen, violó la ley al pretender detener y llevar ante un juez a un grupo de mujeres que se encontraban en una calle de Miguel Hidalgo acusándolas de ser prostitutas.

El funcionario delegacional pretendió justificar su clara violación de la ley (daño moral, para empezar, y violación de la privacidad, en segundo) alegando que las mujeres que grabó violaban el artículo 24 de la ley de cultura cívica del DF. Pero eso fue falso.

El artículo 24 de la Ley de Cultura Cívica del DF, el cual es una burrada inconstitucional que no debería de existir, dice lo siguiente:

Artículo 24.- Son infracciones contra la tranquilidad de las personas:

...

VII. Invitar a la prostitución o ejercerla, así como solicitar dicho servicio. En todo caso sólo procederá la presentación del probable infractor cuando exista queja vecinal.

Lo que dice la fracción 7 del artículo 24 es que sólo se podrá remitir ante un juez a quien invite o ejerza la prostitución cuando exista queja vecinal.

Arne dice que como había queja vecinal, entonces sí podía pedir que las arrestaran.

Pues Arne MIENTE, ya que NO había queja vecinal.

Como Arne es evidentemente un ignorante, vamos a decirle aquí mismo lo que es una queja vecinal. Lo dice el artículo 38 del Reglamento de la Ley de Cultura Cívica del DF, el cual se refiere específicamente al artículo 24 la Ley de Cultura Cívica del DF que tanto dice respetar Arne. Cito textual:

Artículo 38. La queja vecinal a que se refiere la fracción VII del artículo 24 de la Ley, se interpondrá ante el Juez competente; por al menos diez vecinos mayores de edad, con distintos domicilios entre sí y que tengan su domicilio en la manzana en donde se cometa la probable infracción o en las manzanas colindantes con la misma.

Artículo 39. La queja vecinal, se presentará mediante escrito dirigido al Juez, el cual debe contener lo siguiente:

I. Nombre, domicilio y firma de los vecinos;

II. Relación breve de los hechos, incluyendo las circunstancias de modo, tiempo y lugar, y

III. Designación de representación común y de domicilio para recibir notificaciones.

El escrito debe acompañarse de copia simple de identificación oficial y de comprobante de domicilio de vecinos.

Eso quiere decir que diez vecinos de diez domicilios distintos de la zona donde Arne grabó a mujeres tuvieron que ir ante un juez cívico a poner una queja por escrito y con comprobantes de domicilio e identificaciones.

Sólo con la queja por escrito ante el Juez -y esto lo dice el Reglamento- el Juez pudo haber solicitado a la policía que realizara una detención. Pero en el video, el propio Arne dice que vecinos "nos reportaron" que alguien supuestamente ejercía la prostitución. En otras palabras, el propio Arne ADMITE que no hay queja vecinal ante un Juez, como lo ordena el artículo 38 del Reglamento de la Ley de Cultura Cívica del DF en lo que se refiere al artículo 24 de la Ley.

OJO: Eso quiere decir que Arne NO tiene autoridad alguna para realizar una redada contra la prostitución en Miguel Hidalgo. Sólo lo pudo haberlo hecho la policía del DF con orden de un juez, no porque a Arne se le pegara la gana.

De nuevo: Arne JAMÁS mostró evidencia de la existencia de una queja vecinal en su Periscope contra un grupo de mujeres a las que él acusó de ser prostitutas. Y como no había queja vecinal ante un juez, entonces:

1. Arne difamó a las mujeres a las que grabó, ya que no puede demostrar que invitan a la prostitución o que ejercen la prostitución. Es decir, Arne violó la ley.

2. Arne incurrió en usurpación de funciones, ya que como funcionario de la delegación Miguel Hidalgo NO tiene autoridad para arrestar a nadie por "prostitución" si no existe orden de un Juez. Y aunque existiera, Arne no es policía, por lo cual no puede participar en un arresto.

3. Arne USURPÓ FUNCIONES DEL PODER JUDICIAL al pretender ordenar a policías del DF que arrestaran a las mujeres a las que grabó, ya que sólo un Juez está autorizado para dar esa orden.

4. Arne violó los derechos humanos de las mujeres a las que grabó al pretender exhibirlas como delincuentes cuando no existía ni evidencia de que estuvieran cometiendo algún delito ni orden judicial para proceder contra ellas.

Nadamás por eso Arne debería ganarse una denuncia ante la CDHDF, ante un Juez civil, y ante la Procuraduría de Justicia del DF por los delitos antes mencionados.

Ahora bien, OJO: Yo sí estoy de acuerdo en que se use Periscope, pero para evidenciar delitos e infractores, no para estar hostigando mujeres cuando nisiquiera hay delito que perseguir.

Por último, y para que quede claro que Arne violó la ley, voy a tramitar una solicitud de transparencia para que Arne presente la queja vecinal presentada ante un juez en la cual se basó para pretender sancionar a un grupo de mujeres supuestamente por violar el artículo 24 de la Ley de Cultura Cívica del DF.

Si Arne no es capaz de presentar la documentación que voy a pedir por transparencia, entonces QUE RENUNCIE, ya que claramente la ley se la pasa por abajo y lo único que busca es hacer show para que lo volteen a ver.

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